Las fechas y plazos de entrega indicados por el proveedor en una oferta o en una confirmación de pedido se indican según su leal saber y entender y sobre la base de la información de que dispone, siempre sujetos a la entrega puntual al propio proveedor por parte de sus socios.
El plazo de entrega comenzará con la transmisión de la confirmación de aceptación a la parte contratante, no comenzando el plazo de entrega si la parte contratante aún tiene que cumplir o crear documentos, aprobaciones, muestras u otros requisitos previos por adelantado, así como el pago de cualquier anticipo. Si el proveedor tiene que cumplir determinados requisitos previos, como la obtención de permisos, aprobaciones o consentimientos de autoridades o particulares, el plazo tampoco empezará a contar hasta que se hayan cumplido los requisitos previos correspondientes.
El plazo de entrega se suspenderá en caso de huelgas, cierres patronales, catástrofes naturales, movilizaciones, guerras, disturbios, epidemias, pandemias, accidentes y enfermedades, perturbaciones operativas importantes, conflictos laborales, entregas retrasadas o defectuosas, medidas oficiales, en otros casos de fuerza mayor y en todos los demás casos de los que el Proveedor no sea responsable, independientemente de que estos acontecimientos o sucesos ocurran en el propio Proveedor o en un socio del Proveedor o su socio en la cadena de suministro.
Si la entrega se retrasa más de 60 días como consecuencia de uno de los casos descritos anteriormente o si la entrega se hace imposible, el Proveedor tendrá derecho a rescindir el contrato.
En caso de retraso por parte del proveedor sin la existencia de uno de los motivos/casos anteriormente mencionados, la parte contratante podrá rescindir el contrato tras la expiración de un periodo de gracia razonable fijado por él, que deberá ser de al menos 30 días y deberá ir acompañado de una notificación de que la parte contratante denegará el cumplimiento tras la expiración del periodo de gracia, si los bienes no se han comunicado listos para su envío al expirar el periodo de gracia. El plazo de gracia comenzará a contar a partir de la recepción por el proveedor de la notificación escrita de gracia de la parte contratante.
La parte contratante no tendrá derecho a indemnización por daños y perjuicios (en particular, no por daños consecuenciales o lucro cesante) debido al retraso o cancelación de una entrega, independientemente de la razón de ello.
Las entregas parciales están siempre permitidas y no requieren autorización previa ni notificación a la parte contratante.